Los animales de compañía serán por ley miembros de la familia en España

Los animales de compañía serán por ley miembros de la familia en España

Desde este miércoles, 5 de enero, son considerados seres vivos dotados de sensibilidad y no como cosas

Redacción DDA | 4 ene 2022

 

Los animales de compañía tendrán en España un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales y serán considerados "seres vivos dotados de sensibilidad" y no como cosas. A partir de este miércoles, 5 de enero, serán considerados, por tanto, como miembros de la familia.



Ese cambio se debe a una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada definitivamente por el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre y publicada el 16 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE).



Sin embargo, el texto no detalla cuándo entrará en vigor. Fuentes parlamentarias han informado a Servimedia de que en esos casos se aplica la vacatio legis, lo que implica que estará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, es decir, el 5 de enero de 2022.

 

 

Los animales de compañía serán miembros de la familia por ley en España

 

 

Las mascotas no deben ser embargadas



La norma regula la custodia compartida de los animales de compañía en caso de divorcio o separación. Asimismo, deja claro que las mascotas no deben ser embargadas o hipotecadas, tampoco abandonadas. Además, no se las puede causar sufrimiento o dolor, ni utilizarse como herramienta en la violencia de género. Podrá disponerse de ellas por testamento.



Esta iniciativa presentada por el PSOE en el Congreso, tiene como origen una iniciativa legislativa popular impulsada en 2015 por el Observatorio Justicia y Defensa Animal, que recogió más de 500.000 firmas para que los animales dejasen de ser cosas en el Código Civil para ser considerados seres sintientes. Lo han conseguido.

 

 

Los animales de compañía no son cosas



España no es país pionero en esta decisión legislativa. La propuesta de 'descosificación' de los animales se suma a cambios aprobados en otros países o territorios en Europa, como Austria en 1986, Alemania en 1990, Suiza en 2003, Bélgica en 2009, Francia en 2015 y Portugal en 2017,  y Cataluña en 2006). También han modificado sus normas países como Canadá y Nueva Zelanda.



La ley introduce un nuevo artículo en el Código Civil que considera que "los animales son seres vivos dotados de sensibilidad" y que el propietario debe asegurar "su bienestar conforme a las características de cada especie".



Las medidas adoptadas por el juez en caso de divorcio, nulidad o separación se podrían cambiar judicialmente o por un nuevo convenio cuando así lo aconsejen también "las nuevas necesidades de los animales de compañía".



Además, la autoridad judicial podrá acordar la participación de los cónyuges en los gastos de manutención y cuidado del animal, y decidir el destino de éste si no hay acuerdo entre los miembros de la ex pareja, teniendo en cuenta el interés de la pareja separada y el bienestar del animal. Podrá prever el reparto de los tiempos de cuidado del animal en caso de ser necesario.



La nueva normativa señala que los jueces podrán decidir que los padres no compartan los hijos con sus ex parejas cuando vayan a separarse si han maltratado o amenazan con causar malos tratos a animales de compañía como forma de violencia vicaria o de género para controlar o victimizar al cónyuge o a los niños.



El texto recalca que quien encuentre a un animal perdido deberá entregarlo a su propietario o a quien sea responsable de su cuidado, salvo si hay indicios fundados de malos tratos o de abandono, cuando lo pondrá en conocimiento ante las autoridades competentes. Si lo devuelve al propietario o responsable de su cuidado, podrá reclamar los gastos de curación y cuidado.



En resumidas cuentas, el texto permite que los animales sean considerados seres sintientes y no cosas, la custodia compartida en casos de separación o divorcio, que los animales no sean hipotecados o embargados y que no se les utilice como herramienta de violencia de género o vicaria para controlar o victimizar a mujeres e hijos.

 

 

Temas relacionados:

animales de compañía

mascotas

españa

noticias de animales

seres sintientes

seres vivos

Opiniones de este contenido

Esta web se reserva el derecho de suprimir, por cualquier razón y sin previo aviso, cualquier contenido generado en los espacios de participación en caso de que los mensajes incluyan insultos, mensajes racistas, sexistas... Tampoco se permitirán los ataques personales ni los comentarios que insistan en boicotear la labor informativa de la web, ni todos aquellos mensajes no relacionados con la noticia que se esté comentando. De no respetarse estas mínimas normas de participación este medio se verá obligado a prescindir de este foro, lamentándolo sinceramente por todos cuantos intervienen y hacen en todo momento un uso absolutamente cívico y respetuoso de la libertad de expresión.




 No hay opiniones. Sé el primero en escribir.


Escribe tu comentario
* Datos requeridos
Título *
Contenido *
Tu nombre *
Tu email *
Tu sitio web
 

Autores

Beatriz Tabarés - Periodista

Este autor tiene 28 artículos publicados.

Irina Sanz - Jurista especializada en Derecho Animal | @trasloquehaydetras

Este autor tiene 1 artículos publicados.


Newsletter

Suscríbete a nuestros boletines



Instagram