Los propietarios de mascotas deberán hacer un curso formativo en España

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La nueva Ley de Bienestar y Protección Animal amplía con hasta dos años de prisión las penas por maltrato animal

Redacción DDA | 22 feb 2022

 

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a la Ley de Bienestar y Protección Animal que regula la relación con los animales de compañía, ampliando los castigos por maltrato animal y con el objetivo de lograr el sacrificio cero. Una norma pionera en España que ha sido impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

 

Uno de los puntos claves de la ley es el sacrificio cero de animales de compañía, que solo se contempla por motivos de salud pública o de eutanasia. Para ello, es clave también la máxima de abandono cero de dichos animales pues se estima que 150.000 y 300.000 mascotas padecen esta situación cada año en España. Asimismo, se prohíbe la venta de animales en tiendas y la cría de los mismos por parte de los particulares, entre otras medidas.

 

 

Más penas por maltrato animal

 

 

Con esta Ley de Bienestar y Protección Animal se amplían las penas de prisión hasta dos años cuando se mate por maltrato de manera intencionada a un animal vertebrado. Hasta ahora, el máximo era de 12 meses. Una de las principales novedades es la inclusión de los animales vertebrados salvajes dentro del delito, no solo los domésticos. Además, se considera un agravante el uso de animales para coaccionar o amenazar en los casos de “violencia de género o intrafamiliar”.



Asimismo, la nueva normativa recoge como agravante la difusión del maltrato animal en un evento público o difundirlo a través de tecnologías de la información. Una forma de poner fin a comportamientos tan crueles como “ahogar a una cría de jabalí o quemar, por ejemplo, a un zorro vivo y subirlo a las redes sociales y que no tenga ningún reproche legal”, ha indicado Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.

 

 

La Ley de Bienestar Animal amplía las penas por maltrato animal a los dos años de prisión

 

 

Perros de caza o pastoreo, ¿están incluidos?

 



Existen dos artículos dedicados a los perros de caza y pastoreo y guarda de animales. En ambos casos, los propietarios están obligados a inscribir a los animales en el registro de animales de compañía que está pendiente de desarrollar, y deberán estar vinculados a la licencia de caza o al registro de ganadero del responsable o propietario. Además, si quieren criar con ellos, será obligatorio inscribirse en el registro de criadores, cuyas condiciones aún no se han especificado.

 



Curso para los propietarios

 



Ahora habrá que formarse para poder tener un animal doméstico a nuestro cargo. En el artículo 36, la nueva ley habla sobre la formación para la tenencia de perros, indicando que "las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado un curso de formación acreditado". Los trámites, gestión y el contenido del curso están aún por determinar.



En ese sentido, los propietarios de los perros también deberán tener un seguro de responsabilidad civil y tendrán que cumplir con "los criterios de clasificación por sociabilidad, cumpliendo los mecanismos de validación de comportamiento y socialización determinados reglamentariamente". Los propietarios de perros pastores y de caza no tendrán que realizar el curso básico, que se plantea para cualquier propietario de estos animales. “Se presupone que cuentan con una formación previa específica”, ha explicado Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales. También se les permitirá dejarlos sin supervisión durante más de un día, hecho que se podrá castigar en el caso de las mascotas.

 

 

¿Qué pasa con la tauromaquia? 

 

 

Una de las principales críticas que ha recibido esta Ley de Bienestar y Protección Animal es que deja fuera a las especies de producción de alimentos, así como a la ganadería y la tauromaquia, por "chocar" con el Ministerio de Agricultura y con los intereses del mundo taurino, que habrían retrasado la aprobación de esta ley. Los animalistas han criticado que las penas solo se hayan incrementado en el caso del matrato animal y no del abandono, y que hayan quedado fura de la norma los perros de caza, que también son seres sintientes. En España, existen más de 13 millones de mascotas registradas por las comunidades: uno de cada tres hogares convive con un animal de compañía.



 

 

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Autores

Beatriz Tabarés - Periodista

Este autor tiene 28 artículos publicados.

Irina Sanz - Jurista especializada en Derecho Animal | @trasloquehaydetras

Este autor tiene 1 artículos publicados.


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